TÉRMINOS Y CONDICIONES – BENEFICIO DE TRES (3) MANTENIMIENTOS INCLUIDOS EV3 / EV5
1. Vigencia del beneficio
El beneficio aplica exclusivamente para los vehículos - Kia EV3 y Kia EV5- facturados y entregados entre el 1 de diciembre de 2025 y el 28 de febrero de 2026.
Los vehículos por fuera de esta vigencia -no tendrán derecho- al beneficio.
2. Objeto del beneficio
METROKIA S.A. otorgará al vehículo identificado con su -VIN- el beneficio de tres (3) rutinas de mantenimiento preventivo, conforme al Manual de Garantía y Mantenimiento, ejecutadas por tiempo o kilometraje, lo que primero ocurra.
El beneficio es promocional y no es canjeable por dinero, servicios alternos, notas crédito ni compensaciones.
3. Asociación al VIN y transferibilidad condicionada
3.1. El beneficio está exclusivamente vinculado al VIN, razón por la cual es transferible a un nuevo propietario, siempre que permanezca vigente.
3.2. La transferencia del beneficio solo opera si el beneficiario inicial cumplió integralmente los presentes Términos y Condiciones, incluidos:
- Realización de los mantenimientos dentro de los intervalos obligatorios (12 meses o 15.000 km*).
- Realización de las rutinas únicamente en la red autorizada Kia.
- Activación previa del **Acuerdo Digital de Mantenimiento Prepagado.
- No haber incurrido en causal de pérdida del beneficio.
3.3. El incumplimiento del beneficiario inicial autoriza a METROKIA a anular o desactivar el beneficio, lo que implica que el vehículo NO lo conservará en la transferencia.
3.4. Para mayor seguridad, todo comprador de vehículo usado deberá* verificar directamente con METROKIA el estado activo del beneficio antes de concretar la compra.
4. Condiciones de uso y redención del beneficio
Para hacer efectivo el beneficio, el propietario deberá:
- Realizar los mantenimientos - exclusivamente- en la red autorizada Kia en Colombia.
- Cumplir estrictamente con el intervalo: cada doce (12) meses o cada quince mil (15.000) kilómetros, lo que primero ocurra*.
- Tener activado el plan mediante la aceptación del **Acuerdo Digital de Mantenimiento Prepagado**.
- Presentar la tarjeta de propiedad o documento equivalente.
-El incumplimiento genera la pérdida automática del beneficio.
-En caso de ocurrir, los eventuales retornos o garantías de servicio relacionados a Mantenimientos Prepagados, serán atendidos únicamente por el concesionario que realizó el trabajo. No puede hacerse un reclamo por garantía de los trabajos realizados en un servicio incluido de Mantenimiento Prepagado en un concesionario distinto al que lo ejecutó.
Su vehículo eventualmente puede requerir servicios adicionales que no están previstos en este Acuerdo. Por favor, consulte el Manual del Propietario y el Manual de Garantía y Mantenimiento del vehículo para conocerlos.
* Los mantenimientos preventivos incluidos en el beneficio deberán realizarse cada doce (12) meses o cada quince mil (15.000) kilómetros, lo que primero ocurra.
No obstante, para efectos operativos y sin afectar la vigencia del beneficio, se establece una tolerancia máxima de un (1) mes adicional o hasta mil (1.000) kilómetros adicionales o previos, únicamente para la asistencia al mantenimiento y siempre que no se trate de un uso abusivo o negligente.
Superada esta tolerancia, la rutina: se considerará caducada, no será recuperable, no será compensable, y no dará derecho a restitución o reposición.
5. Alcance del beneficio
El beneficio cubre:
- Mano de obra definida para rutinas de inspección preventiva.
- Operaciones técnicas contempladas en el plan de mantenimiento del fabricante.
Únicos consumibles cubiertos:
- Filtro del aire acondicionado
- Líquido de frenos
6. Exclusiones
El beneficio no cubre:
- Elementos de desgaste (pastillas, discos, llantas, plumillas, amortiguadores, batería auxiliar).
- Reparaciones correctivas o daños por golpes, accidentes o mal uso.
- Operaciones no previstas en el plan preventivo ni intervenciones adicionales.
- Repuestos no especificados por el fabricante.
- Servicios realizados fuera de la red autorizada Kia.
- Costos de movilidad, tiempos de espera o gastos indirectos del cliente.
- Intervenciones derivadas de modificaciones no autorizadas en el vehículo.
Este Acuerdo no incluye los repuestos y mano de obra que se relacionan a continuación, y por tanto generan un cobro adicional por el valor vigente a la fecha que sean requeridos:
El reemplazo o reparación de elementos de desgaste como embrague, pastillas de frenos, batería o llantas, no contenidos en el Plan Complementario de este Acuerdo. Elementos de mantenimiento correctivo por daños, o cambios por falla de componentes, o que el concesionario identifique como requeridos para cambio o reparación sugerida. Ejemplos: Cambio de líquido de frenos en una rutina donde no está previsto para cambio, pero por desgaste acelerado, así lo requiere. Reparaciones de motor, caja o similares, terminales de dirección, amortiguadores, etc, no contenidos o incluidos en el Plan Complementario de este Acuerdo.
Otros elementos u operaciones no relacionadas en las rutinas de mantenimiento preventivo o cualquier artículo que no esté especificado en este Acuerdo para el plan de mantenimiento prepagado adquirido debidamente identificado.
La responsabilidad por daños a la propiedad, lesiones o muerte de cualquier persona que surja de la operación, mantenimiento, transporte, almacenamiento o uso del vehículo o no relacionado con los servicios de mantenimiento o coberturas.
Cualquiera de las rutinas de mantenimiento preventivo de kilometrajes superiores a las previstas en este Acuerdo de mantenimiento prepagado.
y las demás descritas en el Manual de Garantia y Mantenimiento.
7. Caducidad del beneficio:
Las rutinas caducarán automáticamente cuando:
El vehículo supere 15.000 km sin haber asistido a la rutina siguiente, o
Transcurra un (1) año desde la última revisión sin asistencia.
Una rutina caducada:
No es recuperable
No es compensable
No se acumula
No genera devolución ni ningún tipo de retribución
La siguiente rutina se asignará según el kilometraje real del vehículo. Cada rutina incluida en el plan se realizará una sola vez por vehículo, según su kilometraje o el tiempo transcurrido. De esta manera, usted no podrá ingresar su vehículo más de una vez para realizar el mismo mantenimiento ya sea en el mismo concesionario o en uno diferente.
8. Cuadro técnico de rutinas

9. Peticiones
Ante una eventual novedad, inconformidad o petición relacionada con los servicios objeto del presente beneficio, usted deberá acudir en primera instancia al concesionario que le activó este mantenimiento prepagado; en caso de no ser atendida su solicitud en el término que la ley dispone para ello, puede acudir directamente a la importadora a través de este vínculo, o través del correo electrónico servicioalclienteimportadora@kia.com.co a efecto de que trámite su solicitud.
Igualmente, usted podrá acudir ante la importadora de la marca KIA en Colombia, en los siguientes casos:
Cuando el concesionario donde usted adquirió/redimió este Plan de Mantenimiento Prepagado concluya por alguna razón su operación con la marca. En este evento usted será redireccionado a un concesionario alternativo para continuar con sus servicios según su conveniencia.
Cuando alguno de los concesionarios de la red autorizada no atienda o cumpla las condiciones establecidas en este Acuerdo, lo cual deberá estar debidamente soportado por el cliente.
10. Terminación del beneficio
El beneficio podrá terminarse anticipadamente en caso de:
- Suministro de información falsa,
- Servicios fuera de red autorizada,
- Manipulación o modificación no autorizada del vehículo,
- Fraude,
- Incumplimiento del Acuerdo de Mantenimiento Prepagado,
- Inclusión del titular en listas restrictivas internacionales.
No procede devolución en ninguna circunstancia.
11. Datos personales
Consulte la política de tratamiento de datos personales https://www.kia.com.co/politicas-de-tratamientode-datos-personales
Con la firma del presente acuerdo, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 el CLIENTE AUTORIZA al CONCESIONARIO y al DISTRIBUIDOR DE LA MARCA la recolección y manejo de sus datos personales, los cuales tendrán como fin el almacenamiento, uso, circulación, transmisión, transferencia, cesión, directamente o a través de sus terceros aliados, con finalidad comercial y para la correcta prestación de los servicios. No obstante, lo anterior, EL CLIENTE podrá solicitar al CONCESIONARIO y al DISTRIBUIDOR DE LA MARCA la actualización, rectificación o supresión de sus datos personales del registro en bases de datos del CONCESINARIO y el DISTRIBUIDOR DE LA MARCA enviando un correo electrónico a proteccióndedatos@kia.com.co
PARÁGRAFO: Los datos de carácter personal que sean proporcionados al CONCESIONARIO y al DISTRIBUIDOR DE LA MARCA, serán recogidos y conservados en una base de datos y podrán ser objeto de tratamiento por parte del CONCESIONARIO y el DISTRIBUIDOR DE LA MARCA, terceros aliados o designados por EL CONCESIONARIO y el DISTRIBUIDOR DE LA MARCA. Dicha base de datos se conserva y administra bajo responsabilidad del CONCESIONARIO y el DISTRIBUIDOR DE LA MARCA, terceros aliados o designados por EL CONCESIONARIO y el DISTRIBUIDOR DE LA MARCA. La base de datos cuenta con las medidas de seguridad necesarias para la conservación adecuada de los datos. Para fines estadísticos y de medición de satisfacción del cliente se autoriza expresamente la transferencia y/o transmisión Nacional e internacional de los datos personales bajo niveles adecuados de protección, seguridad y confidencialidad.
12. Prevención LA/FT
LAS PARTES declaran que tanto los recursos utilizados en la ejecución del presente acuerdo, como sus ingresos, provienen de actividades lícitas, que no se encuentran con registros negativos en listados de prevención de lavado de activos nacionales o internacionales, ni incurren en ninguna de las dos categorías de lavado de activos (conversión o movimiento) y que en consecuencia se obligan a responder frente a la otra por todos los perjuicios que se llegaren a causar como consecuencia de esta afirmación. Conforme a lo anterior, será justa causa de terminación del contrato la inclusión, de la otra parte, sus socios, sus administradores, o los subcontratistas en los listados de la OFAC o de cualquier otra autoridad local, extranjera o internacional como sospechoso de actividades de lavado de activos. En igual sentido, el cliente responderá ante el CONCESIONARIO o algún tercero afectado por los perjuicios causados. PARÁGRAFO: Para todos los efectos el "lavado de dinero" es el conjunto de procedimientos usados para cambiar la identidad del dinero obtenido ilegalmente, a fin de que aparente haber sido obtenido de fuentes legítimas. Estos procedimientos incluyen disimular la procedencia y propiedad verdadera de los fondos. Las partes se obligan a mantener y aplicar en sus transacciones y negocios los procedimientos, herramientas, sistemas y métodos eficaces para evitar que sea sujeto de lavado de activos, y se mantendrán indemnes entre sí de todo perjuicio causado por tal situación. Las partes se obligan a notificar por escrito a la otra parte y de forma inmediata, cualquier acto o sospecha de corrupción, soborno, lavado de activos o financiación del terrorismo, que se presente o se pudiere presentar en la negociación, celebración o ejecución del presente acuerdo.
13. Mérito ejecutivo
El presente documento constituye **obligación clara, expresa y exigible** para todos los efectos derivados de su cumplimiento.
14. Eventos de siniestro
En caso de hurto total o pérdida total, el beneficio:
- No es reembolsable,
- No es transferible,
- No genera compensación económica,
- No puede aplicarse a otro vehículo.
15. Normatividad aplicable
- Este beneficio se rige por:
- Ley 1480 de 2011 – Estatuto del Consumidor,
- Título II de la Circular Única de la SIC,
- Manual de Garantía y Mantenimiento Kia,
- Manual del Propietario
16. Aceptación
La adquisición del vehículo y activación del beneficio implica la aceptación total de estos Términos y Condiciones.
El cliente podrá consultarlos en cualquier momento mediante los códigos QR, que enlazarán a: Landing web del beneficio y Manual Virtual de Garantía y Mantenimiento.

Preguntas Frecuentes – Beneficio de Mantenimientos EV3 / EV5
1. ¿En qué consiste el beneficio de Mantenimientos Prepagados EV3 / EV5?
Es un beneficio promocional otorgado por METROKIA S.A. que incluye tres (3) rutinas de mantenimiento preventivo para los modelos Kia EV3 y EV5, conforme al plan oficial del fabricante. Estas rutinas deben realizarse por tiempo o kilometraje, lo que primero ocurra.
2. ¿Qué vehículos aplican para este beneficio?
Únicamente los vehículos Kia EV3 y Kia EV5 facturados y entregados entre el 1 de diciembre de 2025 y el 31 de julio de 2026.
3. ¿El beneficio está asociado al propietario o al vehículo?
El beneficio está exclusivamente asociado al VIN del vehículo, no al propietario.
Esto significa que el beneficio es transferible si se mantiene vigente y el beneficiario inicial cumplió todas las condiciones del programa.
4. ¿Qué debo hacer para activar el beneficio?
Debes firmar la Carta de Aceptación, y el concesionario registrará digitalmente la activación del plan.
Sin la activación, el beneficio no tendrá efectos.
5. ¿Cada cuánto debo realizar los mantenimientos incluidos?
Las rutinas deben realizarse cada:
12 meses o 15.000 km, lo que primero ocurra. con una tolerancia máxima de 1 mes o 1.000 km adicionales.
Cumplir estos intervalos es obligatorio para mantener el beneficio activo.
6. ¿Qué sucede si no llevo el vehículo dentro del intervalo?
La rutina caduca automáticamente.
Una rutina caducada:
- No es recuperable
- No es acumulable
- No es compensable
- No genera devolución
La siguiente rutina se asignará según el kilometraje real del vehículo.
7. ¿Qué incluye el beneficio?
Incluye:
- Mano de obra de las rutinas preventivas
- Operaciones estipuladas en el plan oficial del fabricante
- Únicos consumibles incluidos:
- Filtro del aire acondicionado
- Líquido de frenos
8. ¿Qué no cubre el beneficio?
El beneficio no cubre:
- Elementos de desgaste (pastillas, discos, llantas, plumillas, amortiguadores, batería auxiliar)
- Reparaciones correctivas
- Alineación, balanceo o rotación
- Repuestos no incluidos en la tabla técnica
- Servicios fuera de la red autorizada Kia
- Costos de movilidad o tiempos de espera
- Daños por accidentes, golpes o mal uso
9. ¿El beneficio es reembolsable?
No.
El beneficio es promocional y no es reembolsable ni compensable, incluso en caso de:
- Caducidad de rutinas
- Terminación del beneficio
- Hurto o pérdida totales del vehículo
10. ¿Puedo realizar los mantenimientos en cualquier taller?
No.
Los mantenimientos deben realizarse únicamente en la red autorizada Kia en Colombia.
Realizar servicios fuera de red genera pérdida automática del beneficio.
11. ¿Qué pasa si vendo mi vehículo?
El beneficio puede transferirse al nuevo propietario solo si el beneficiario inicial cumplió:
- Intervalos obligatorios
- Uso de red autorizada
- Activación digital correcta
- No haber incurrido en exclusiones o causales de pérdida
El comprador debe verificar con METROKIA el estado del beneficio antes de la compra.
12. ¿Qué hago si tengo un reclamo sobre un mantenimiento realizado?
Debes dirigirte primero al concesionario que realizó el servicio.
Si no obtienes respuesta dentro del plazo legal, puedes comunicarte con METROKIA a través de: servicioalclienteimportadora@kia.com.co
13. ¿Qué pasa si el concesionario donde activé el beneficio cierra?
METROKIA te redireccionará a un nuevo concesionario autorizado, sin afectar el beneficio.
14. ¿Debo firmar algún documento?
Sí.
La Carta de Aceptación es obligatoria y hace parte del proceso de activación.
Este documento presta mérito ejecutivo y formaliza tu aceptación del programa.
15. ¿Qué pasa si el vehículo sufre pérdida total o hurto total?
El beneficio:
- No es transferible
- No aplica para otro vehículo
- No genera compensación
- No produce reembolso
Estar al día


